domingo, 5 de junio de 2016

Información pública de la creación de la Medalla Conmemorativa del 350 Aniversario de la Fundación del Regimiento de Infantería “Asturias” N.º 31.

El Cuerpo de la Nobleza del Principado de Asturias haciéndose eco de la importancia y significación que supone celebrar el 350 Aniversario de la Fundación del “Regimiento de Asturias”, y después de escuchar las propuestas de la “Comisión Rectora del 350 aniversario”, ha deliberado en base al significado histórico de esa Unidad y por su trayectoria profesional, para mejor recuerdo de los hechos memorables acaecidos a lo largo de su profunda y dilatada historia, como también con el deseo de perpetuar su recuerdo, es por lo que venimos a decretar la creación de la Medalla Conmemorativa del 350 Aniversario de la Fundación del Regimiento de Infantería Asturias n.º 31, bajo los siguientes puntos:


Artículo 1.º Se declara la creación de la condecoración “Medalla Conmemorativa del Regimiento de Asturias”, instituida por una Comisión Rectora conforme al “350 Aniversario” y acuñada a sus expensas.

Artículo 2.º La medalla se establecerá en una única categoría. También podría lucirse mediante cintas-divisas o “corbatas” para las enseñas, así como en forma de “Placa de Honor” para las personas jurídicas que no cuenten con el uso de bandera.

Artículo 3.º La medalla se colocará pendiente de una cinta de color azul de 31 mm de ancho, como el color del paño de la bandera del Principado de Asturias, en recuerdo de la tierra por la que quedó instituido; con sendas listas de color rojo carmesí (color de la Infantería), próximas a sus cantos, que se aferrara por su parte inferior a una anilla horizontal y por la superior a una hebilla-prendedor, ambos del mismo metal que la medalla, siendo de 5 cm, la parte vista.

Artículo 4.º La medalla será otorgada por la creada Comisión de la Medalla Conmemorativa del Regimiento de Infantería Asturias n.º 31, que estará compuesta por representantes del Cuerpo de la Nobleza de Asturias y de la “Comisión Rectora del 350 Aniversario”, librándose para cada caso el correspondiente diploma acreditativo. Todas las concesiones deberán de ser registradas en un libro al efecto. Las solicitudes se realizarán a través del Cuerpo de la Nobleza de Asturias o de la Comisión Rectora del 350 Aniversario, quienes, tras justificar el derecho del pretendiente, lo elevarán para su concesión. La Comisión de la Medalla Conmemorativa del Regimiento de Infantería Mecanizada Asturias n.º 31 estará compuesta por un total de hasta quince personas, teniendo la Presidencia D. Francisco de Borbón, duque de Sevilla y Grande de España, Vicepresidencia el Sr. Coronel Jefe del Regimiento de Infantería Mecanizada Asturias n.º 31, Secretario D. Manuel Luis Ruiz de Bucesta y Álvarez, Vicesecretario D. Manuel María Rodríguez de Maribona y Dávila, y Vocales el Sr. Suboficial Mayor del Regimiento, D. Arturo Llerandi y Morán, D. Jesús Dolado Esteban, el Conde de Carrión de Calatrava, D. Alfredo Leonard y Lamuño de Cuetos, D. Demetrio Peña Espinosa de los Monteros, el marqués de Torre Alta, D. Eduardo Robles Esteban, D. Claudio Chaqués y Ramón, D.ª Concepción Fernández Jiménez, y D. Manuel Queypo de Llano y González.
Artículo 5.º Dentro de las condiciones especiales de la citada Medalla Conmemorativa, se acuerda que podrán hacer uso de ella:

•  Corporaciones Municipales de los Ayuntamientos de Oviedo, Teverga, Gijón, Avilés, Puerto de Vega, Tres Cantos y San Sebastián de los Reyes.
•  Descendientes de los tres Maestres de Campo (Sancho de Miranda y Ponce de León, Francisco Meléndez de Avilés y Porres y Álvaro de Navia Osorio y Vigil) así como de su primer coronel D. Sebastián Eslava, Marqués de la real defensa.
•  El actual Coronel del Regimiento de Infantería Mecanizada Asturias n.º 31 y sus antecesores, los Ttes. Coroneles Jefes del Batallón Covadonga y los Jefes de la Plana Mayor.
• Los Jefes, Oficiales y suboficiales del Regimiento de Infantería Mecanizada “Asturias” n.º 31 y asimilados.

•  Los Suboficiales Mayores de la Unidad.
•  Los Delegados del Gobierno y Defensa en Oviedo en el momento de la realización de los actos conmemorativos.

•  Los miembros de la Comisión Organizadora de los actos conmemorativos del “350 Aniversario”.
•  La Tropa, sus Clases y asimilados, que acrediten haber formado parte del Regimiento de Infantería Mecanizada “Asturias” n.º 31.
• Cualquier otro que a juicio de la Comisión de la Medalla Conmemorativa del Regimiento de Infantería Mecanizada Asturias n.º 31, acrediten suficientes méritos.
Artículo 6. A los efectos de la concesión a los descendientes de los fundadores del Regimiento, aquellos deberán acreditar de forma suficiente y documental dicha relación. el presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para general conocimiento.

Oviedo, a 3 de febrero de 2016. — El Consejero Magistral.—El Canciller Secretario.


Y en consecuencia, habiéndose realizado ya los troqueles y las primeras insignias, las personas deseen recibir esta Medalla, pueden dirigirse al Excmo. Sr. Duque de Sevilla, bien por carta dirigida al Cuerpo de la Nobleza del Principado de Asturias, por mensaje al correo electrónico cuerponobleza@gmail.com. A la instancia de solicitud habrán de unir una relación de sus méritos y servicios.





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